A
partir del 1 de abril
TRABAJADORES INDEPENDIENTES SÓLO DEBERÁN EMITIR
RECIBOS POR HONORARIOS DE MANERA ELECTRÓNICA
Desde el 1 de abril del
presente año, los trabajadores independientes que brinden servicios a personas
o empresas o instituciones deberán emitir sus recibos por honorarios solamente de
manera electrónica.
Para emitir el recibo por
honorarios electrónico, el trabajador independiente debe contar con su número
de RUC activo. El trámite de inscripción es gratuito, en cualquier Centro de
Servicios al Contribuyente, tan solo deberá exhibir su documento de identidad
actualizado.
La emisión electrónica de
los recibos por honorarios se puede hacer a través de SUNAT Operaciones en
Línea (SOL), ingresando al Portal de la SUNAT (www.sunat.gob.pe),
con su Código de Usuario y Clave SOL, seleccionando la opción “Sistema de
Emisión Electrónica” o desde un smartphone con el APP SUNAT.
Es importante recordar que
existe la obligación de registrar el pago que le hubiesen efectuado por los
servicios prestados; por otro lado, se ha
eliminado la obligación de llevar el Libro de Ingresos y Gastos físico o
electrónico, reduciendo con ello esta exigencia que debía cumplir el trabajador
por la prestación de sus servicios.
Beneficios del Recibo por Honorarios
Electrónico:
1)
Pueden
enviarse o reenviarse de forma inmediata por correo electrónico.
2)
Ya
no se corre el riesgo de perderlos o que se maltraten.
3)
Se
emiten con facilidad y rapidez.
4)
Facilita
el control de ingresos.
5)
Se
emiten y consultan desde cualquier lugar, a cualquier hora del día.
Para obtener mayor información sobre el
Sistema de Emisión Electrónica de Recibos por Honorarios, los contribuyentes
pueden ingresar a SUNAT Virtual (www.sunat.gob.pe)
o comunicarse con la Central de Consultas telefónicas disponible en los números
0-801-12-100 ó 315-0730, donde recibirán orientación sobre esta obligación.
FUENTE: SUNAT