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lunes, 1 de mayo de 2017

CINCO REQUISITOS PARA QUE MYPES PUEDAN PRORROGAR PAGO DEL IGV POR TRES MESES


CINCO REQUISITOS PARA QUE MYPES PUEDAN PRORROGAR PAGO DEL IGV POR TRES MESES

Las Micro y Pequeña Empresas (MYPEs) podrán prorrogar hasta por tres meses el pago del IGV que les corresponde pagar mensualmente, si es que sus ventas anuales no superan los 6 millones 715 mil soles (1,700 UIT). Además, deben cumplir otros requisitos señalados en las disposiciones legales que aprueban esta facilidad y que están vigentes desde el mes pasado.

Así, considerando que este beneficio está orientado a facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, se debe cumplir además, los siguientes requisitos:

·         No mantener deudas tributarias en cobranza coactiva superiores a S/ 4,050 (1 UIT).
·         No tener como titular a una persona natural o socios condenados por delitos tributarios.
·         No se encuentren en proceso concursal.
·         Haber presentado sus declaraciones y/o efectuado el pago de sus obligaciones del IGV y del Impuesto a la Renta, de los doce (12) periodos anteriores al plazo para regularizar; salvo que hubieran regularizado la declaración, el pago del tributo o fraccionado la deuda en un plazo de hasta noventa días previos a la fecha de acogimiento. 

Es importante indicar que la prórroga para el pago del IGV se ejerce por cada periodo tributario y para ello el contribuyente debe marcar la opción que figura en el Formulario N° 621 Declaración Jurada Mensual del IGV y Renta. Además, dicha prórroga no genera intereses moratorios ni multas.

FUENTE: SUNAT

sábado, 13 de febrero de 2016

Nuevo formulario facilita cumplimiento de responsabilidades tributarias:





SUNAT SIMPLIFICA DECLARACION Y PAGO DE IGV Y RENTA A CONTRIBUYENTES CON “DECLARA FACIL”

 

Desde este mes los contribuyentes ya cuentan con un formulario virtual que les permite presentar su declaración jurada mensual del IGV y renta en forma rápida y simple a través de “Declara Fácil”.

 

La nueva herramienta presenta al contribuyente una declaración pre elaborada del IGV tomando como base la información que ya ha proporcionado a la SUNAT, el mismo ciudadano, a través del Registro de Ventas e Ingresos y del Registro de Compras que ya reportó a la administración tributaria con los Libros Electrónicos.

 

De esta forma el contribuyente que acceda a “Declara Fácil”, a través de la página web de la SUNAT, recibirá la información ya anotada de ventas y compras para que las revise, confirme o modifique, simplificando y evitando errores en la presentación de su declaración mensual de IGV y Renta.

 

Este formulario virtual es una alternativa al PDT 621 y a la declaración simplificada 621, y podrá ser utilizado a partir de este mes para declarar el período tributario enero 2016.

 

Por tratarse de un formulario virtual no es necesario instalar aplicativos o actualizar las versiones.  El contribuyente sólo tendrá que acceder a éste formulario ingresando al portal SUNAT, registrando su número de RUC,  nombre de usuario y clave de SOL.

 

Inicialmente esta herramienta podrá ser utilizada por los 80 mil  contribuyentes que ya llevan Libros Electrónicos a enero del 2016. También aquellos que voluntariamente presenten su Registro de Ventas y Registro de Compras a través del Sistema de Libros Electrónicos que evita la impresión del libro contable, su legalización, empaste y almacenamiento con los costos adicionales que esto representa.

 

Esta nueva facilidad que ofrece la SUNAT a los contribuyentes forma parte del cambio institucional que viene realizando la administración tributaria y aduanera para servir mejor a los contribuyentes.

 

 

Como usar “Declara Fácil”

 

A continuación presentamos los cuatro pasos que debe seguir el contribuyente para usar “Declara Fácil”:

 


1.- Ingrese al portal SUNAT (www.sunat.gob.pe) con su Clave SOL

 
 
 

 


                   2.-  Seleccione la opción “Declara Fácil” y el  Formulario Virtual “e IGV-Renta Mensual”.

 

 



 

3.- Aparecerá el Formulario Virtual con las casillas llenadas con los montos consignados según la información de los Libros Electrónicos. En este paso valide y complete la información, si es que corresponde

 


 

4.- Una vez validada la información, incluso del impuesto a la Renta de corresponder,  consigne el(los) importe(s) a pagar y siga las indicaciones del sistema para realizar la presentación y el pago.

 


 

 

Declara Fácil” para Retenciones y Percepciones

 
Con “Declara Fácil” no solo se facilita la declaración mensual del IGV y Renta sino también esta facilidad alcanza a los agentes de retención y de percepción.

 
Los agentes de retención, podrán utilizar el Formulario Virtual 626 mientras que los agentes de percepción podrán utilizar los formularios virtuales 633 (Agentes de Percepción Hidrocarburos) y 697 (Agentes de Percepción de Ventas Internas).
 
En estos formularios el contribuyente contarán con una declaración pre elaborada a partir del sexto día hábil del mes de vencimiento, siempre que hubieran emitido sus comprobantes de retención o percepción de manera electrónica o enviado el resumen diario de los comprobantes emitidos en formatos impresos dado que en base a dicha información la SUNAT mostrará la declaración pre-elaborada, facilitando el llenado del formulario.

 
Los nuevos formularios virtuales son de uso opcional a los PDT 626, 633 y 697, respectivamente, y se podrán utilizar para las declaraciones del período enero 2016 hacia adelante.


FUENTE: SUNAT

lunes, 25 de enero de 2016

Nuevo formulario virtual de declaracion y pago mensual de igv y renta




Se puede utilizar desde el 1 de enero

NUEVO FORMULARIO VIRTUAL FACILITA DECLARACIÓN Y PAGO MENSUAL DE IGV Y RENTA DE LAS EMPRESAS

 

Con el objetivo de facilitar el cumplimiento de las obligaciones mensuales de las empresas correspondientes a la declaración y pago del IGV y Renta, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) aprobó un nuevo formulario virtual que está a disposición de los contribuyentes desde el 1 de enero.

 
La principal novedad de este formulario, aprobado mediante la Resolución de Superintendencia N° 320 publicada a fines del año pasado, es que cuenta con una propuesta de declaración en base a la información con la que cuenta la SUNAT, considerando los datos proporcionados por el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras electrónicos, generados previamente por los contribuyentes.

 
Con la información de los Registros de Ventas e Ingresos y Registros de Compras electrónicos, el ente recaudador propondrá la información de ventas y de compras de la declaración mensual para que el contribuyente las revise, confirme o las modifique, facilitando la preparación, el llenado de la declaración y reduciendo la probabilidad de error.

 
El nuevo formulario virtual es una nueva opción adicional al PDT 621 y a la Declaración Simplificada 621, y podrá ser utilizado por los contribuyentes que generen previamente su registro de ventas y su registro de compras de manera electrónica.

 
Al tratarse de un formulario virtual no es necesario instalar algún aplicativo o actualizar sus versiones nuevas, pues al acceder a SUNAT Virtual (www.sunat.gob.pe) estará disponible directamente con la información personalizada. Sólo será necesario que el contribuyente cuente con su “Clave SOL” y seguir las indicaciones del sistema.

FUENTE: SUNAT