miércoles, 17 de mayo de 2017

PERSONAS PODRÁN BENEFICIARSE CON DEDUCCIÓN ADICIONAL DE GASTOS DE HASTA 3 UIT


Solicitando su comprobante de pago
PERSONAS PODRÁN BENEFICIARSE CON DEDUCCIÓN ADICIONAL DE GASTOS
DE HASTA 3 UIT

A partir de julio los comprobantes electrónicos  permitirán sustentar los gastos deducibles.

Cerca de  un millón y medio  de trabajadores dependientes e independientes  con ingresos de Cuarta y Quinta Categoría, podrían beneficiarse con la deducción adicional de 3 UIT (S/ 12,150) este año, según Resolución N° 123-2017 de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) publicada hoy en el diario oficial.

Esta deducción adicional, será aplicable para los pagos correspondientes al alquiler de un inmueble, intereses del crédito hipotecario de primera vivienda, aportaciones a EsSalud por contratación de un trabajador del hogar, servicios prestados por médicos, odontólogos, abogados, analistas de sistemas y computación, arquitectos y enfermeros.

También se aplicará para los gastos efectuados en la contratación de un entrenador deportivo, fotógrafo y operador de cámara, cine y televisión, ingeniero, intérprete y traductor, nutricionista, obstetriz, psicólogo, tecnólogo médico e incluso para los servicios que brinde un veterinario

Dos temas importantes de la resolución están referidos a que el servicio deberá ser cancelado a través del sistema de bancarización, sin importar el monto y, que el emisor del comprobante de pago no debe encontrarse de baja en el RUC ni tener condición de no habido.

Algunas consideraciones de la norma:

·         A partir del 1 de julio, los comprobantes de pago que permitan efectuar la deducción deberán ser electrónicos.
·         Las empresas que presten el servicio de arrendamiento podrán emitir comprobantes físicos hasta el 30 de junio.
·         La información de los recibos por honorarios profesionales emitidos de manera física (las profesiones están detalladas en la norma), se deberá  enviar a través de SUNAT Operaciones en Línea (SOL) con su clave y código de usuario.

Consultas adicionales

La SUNAT invita a los contribuyentes a ingresar a su portal institucional (www.sunat.gob.pe) para conocer cuáles son los documentos que serán considerados para ejercer la deducción.



Cabe precisar que para facilitar la implementación de este beneficio, la SUNAT desarrollará una herramienta informática de consulta que permitirá consolidar electrónicamente, a través de un archivo personalizado, todos los comprobantes y demás documentos, brindando la información detallada a los trabajadores que soliciten la deducción el próximo año.


FUENTE: SUNAT

lunes, 1 de mayo de 2017

SUNAT CAPACITA A ESTUDIANTES DE CONTABILIDAD PARA BRINDAR ORIENTACIÓN A CONTRIBUYENTES



SUNAT CAPACITA A ESTUDIANTES DE CONTABILIDAD PARA BRINDAR ORIENTACIÓN A CONTRIBUYENTES


En una alianza estratégica con las universidades públicas y privadas del país, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) inició, este mes, el programa denominado Núcleo de Apoyo Contable y Fiscal (NAF) cuyo objetivo es capacitar a los alumnos de la carrera de contabilidad para que puedan brindar asistencia tributaria y contable a pequeños contribuyentes.

El NAF busca promover la generación de conciencia tributaria y la formalización de los emprendedores con la participación de estudiantes de contabilidad o carreras afines, quienes tienen la oportunidad de poner en práctica sus conocimientos contables y tributarios, brindando un servicio de apoyo a los ciudadanos de escasos recursos.

Los jóvenes estudiantes son entrenados por especialistas de la SUNAT sobre aspectos técnicos tributarios, aduaneros, la ética y la importancia social del impuesto, capacitación que también incluye una pasantía en los Centros de Servicio al Contribuyente (CSC) de la SUNAT.

El programa se inició el 4 de abril en la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas  (UPC) donde operará el primer NAF. El siguiente núcleo a inaugurar será en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, continuando en Arequipa, con la Universidad Nacional San Agustín y la Universidad Católica Santa María. Progresivamente se irán sumando otras instituciones académicas a nivel nacional.

Esta exitosa iniciativa surge del intercambio de experiencias que promueve EUROSociAL y está presente en los países de Brasil, El Salvador, Ecuador, Costa Rica, Honduras, Guatemala, México y Chile. 

FUENTE: SUNAT


CINCO REQUISITOS PARA QUE MYPES PUEDAN PRORROGAR PAGO DEL IGV POR TRES MESES


CINCO REQUISITOS PARA QUE MYPES PUEDAN PRORROGAR PAGO DEL IGV POR TRES MESES

Las Micro y Pequeña Empresas (MYPEs) podrán prorrogar hasta por tres meses el pago del IGV que les corresponde pagar mensualmente, si es que sus ventas anuales no superan los 6 millones 715 mil soles (1,700 UIT). Además, deben cumplir otros requisitos señalados en las disposiciones legales que aprueban esta facilidad y que están vigentes desde el mes pasado.

Así, considerando que este beneficio está orientado a facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, se debe cumplir además, los siguientes requisitos:

·         No mantener deudas tributarias en cobranza coactiva superiores a S/ 4,050 (1 UIT).
·         No tener como titular a una persona natural o socios condenados por delitos tributarios.
·         No se encuentren en proceso concursal.
·         Haber presentado sus declaraciones y/o efectuado el pago de sus obligaciones del IGV y del Impuesto a la Renta, de los doce (12) periodos anteriores al plazo para regularizar; salvo que hubieran regularizado la declaración, el pago del tributo o fraccionado la deuda en un plazo de hasta noventa días previos a la fecha de acogimiento. 

Es importante indicar que la prórroga para el pago del IGV se ejerce por cada periodo tributario y para ello el contribuyente debe marcar la opción que figura en el Formulario N° 621 Declaración Jurada Mensual del IGV y Renta. Además, dicha prórroga no genera intereses moratorios ni multas.

FUENTE: SUNAT

TRÁMITES DE COBRANZA SE PUEDEN VERIFICAR POR INTERNET



Mayor transparencia tributaria a nivel nacional

TRÁMITES DE COBRANZA SE PUEDEN VERIFICAR POR INTERNET


La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) continúa modernizando sus servicios. Con el “Expediente Electrónico de Cobranza Coactiva”, los contribuyentes de todo el país podrán consultar el estado de sus trámites a través de Internet, con lo cual ya no será necesario acudir a una oficina para realizar la consulta correspondiente ni entregar documentos físicos.

Este moderno sistema, que beneficiará a más de 300 mil contribuyentes, hace más transparente el procedimiento porque permite conocer la situación de una cobranza “en línea” y presentar escritos virtuales para comunicar el pago efectuado, solicitar el levantamiento de la medida de embargo y la variación de medidas de embargo, entre otros.

Para poder utilizar el “Expediente Electrónico”, los contribuyentes deben ingresar al módulo SUNAT Operaciones en Línea, disponible en www.sunat.gob.pe, con su “Clave SOL” y “Código de Usuario”.

Con este nuevo servicio al que se puede acceder desde cualquier lugar, las 24 horas del día durante todo el año, se sigue consolidando la estrategia de facilitación y simplificación de los procedimientos para promover el cumplimiento tributario de los contribuyentes.

“La SUNAT, en su condición de Autoridad Aduanera y Tributaria, está trabajando con el fin de lograr un servicio, justo y moderno, con procesos más simples, que ayuden al cumplimiento de las obligaciones de todos los contribuyentes, a la ampliación de la base tributaria y que faciliten el comercio exterior. Es nuestra contribución al  bienestar y desarrollo del país”.


FUENTE: SUNAT