SUNAT ESTABLECE MEDIDAS PARA LOS
CONTRIBUYENTES DE LAS ZONAS DECLARADAS EN EMERGENCIA
Además de la
prórroga para la declaración mensual y la declaración anual de Renta para
aquellos contribuyentes situados en las zonas declaradas en emergencia, la
SUNAT ha dispuesto medidas internas respecto
de acciones de control y fiscalización.
En primer
término, se suspende la emisión de órdenes de pago y resoluciones de multa por
los periodos comprendidos en la prórroga de plazos de vencimientos mensuales.
Así mismo, se
suspenderán las acciones de fiscalización iniciadas (auditorías u otras
intervenciones de control) a los contribuyentes afectados por los desastres
naturales.
Finalmente, en
aplicación de su facultad discrecional no se aplicarán sanciones a infracciones
contenidas en cualquier norma tributaria en los casos que exista prueba
fehaciente de la ocurrencia de hechos por caso fortuito o de fuerza mayor, como
es la declaratoria de zona de desastre u estado de emergencia.
Para cualquier
información adicional, se puede comunicar a nuestra Central de Consultas al
0801-12-100 o al (01) 315 0730, twitter @Sunatoficial y página SUNAT en
Facebook.
FUENTE: SUNAT
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