Solicitando su comprobante de pago
PERSONAS
PODRÁN BENEFICIARSE CON DEDUCCIÓN ADICIONAL DE GASTOS
DE
HASTA 3 UIT
A partir de julio los
comprobantes electrónicos permitirán
sustentar los gastos deducibles.
Cerca de un millón y medio de trabajadores dependientes e
independientes con ingresos de Cuarta y
Quinta Categoría, podrían beneficiarse con la deducción adicional de 3 UIT (S/ 12,150)
este año, según Resolución N° 123-2017 de la Superintendencia Nacional de
Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) publicada hoy en el diario
oficial.
Esta deducción adicional, será aplicable para los pagos correspondientes
al alquiler de un inmueble, intereses del crédito hipotecario de primera
vivienda, aportaciones a EsSalud por contratación de un trabajador del hogar,
servicios prestados por médicos, odontólogos, abogados, analistas de sistemas y
computación, arquitectos y enfermeros.
También se aplicará para los gastos efectuados en la contratación de un
entrenador deportivo, fotógrafo y operador de cámara, cine y televisión,
ingeniero, intérprete y traductor, nutricionista, obstetriz, psicólogo,
tecnólogo médico e incluso para los servicios que brinde un veterinario
Dos temas importantes de la resolución están referidos a que el servicio
deberá ser cancelado a través del sistema de bancarización, sin importar el
monto y, que el emisor del comprobante de pago no debe encontrarse de baja en
el RUC ni tener condición de no habido.
Algunas
consideraciones de la norma:
·
A partir del 1 de julio,
los comprobantes de pago que permitan efectuar la deducción deberán ser
electrónicos.
·
Las empresas que presten
el servicio de arrendamiento podrán emitir comprobantes físicos hasta el 30 de
junio.
·
La información de los recibos
por honorarios profesionales emitidos de manera física (las profesiones están detalladas
en la norma), se deberá enviar a través
de SUNAT Operaciones en Línea (SOL) con su clave y código de usuario.
Consultas
adicionales
La SUNAT invita a los contribuyentes a ingresar a su portal institucional
(www.sunat.gob.pe) para conocer cuáles
son los documentos que serán considerados para ejercer la deducción.
Cabe precisar que para facilitar la implementación de este beneficio, la
SUNAT desarrollará una herramienta informática de consulta que permitirá
consolidar electrónicamente, a través de un archivo personalizado, todos los
comprobantes y demás documentos, brindando la información detallada a los
trabajadores que soliciten la deducción el próximo año.
FUENTE: SUNAT