martes, 10 de enero de 2017

SUNAT EXPLICA ALCANCES DE FRACCIONAMIENTO O REDUCCIÓN DE DEUDAS DE CLUBES DE FUTBOL



SUNAT EXPLICA ALCANCES DE FRACCIONAMIENTO O REDUCCIÓN DE DEUDAS DE CLUBES DE FUTBOL

En aplicación del Decreto Legislativo 1257, promulgado el 8 de diciembre pasado, los deudores tributarios pueden solicitar a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT), evaluar el fraccionamiento o reducción de sus deudas si cumplen los requisitos precisados en la norma.

En ese sentido, el fraccionamiento solo es posible respecto a aquella deuda no incluida en alguno de los procedimientos concursales al amparo de la Ley General de Sistema Concursal o procedimientos similares establecidos en normas especiales.

Es decir, tal como indicó el presidente Pedro Pablo Kuczynski, podrán someterse a este beneficio todos los clubes de fútbol que tengan deuda con SUNAT siempre y cuando no estén sometidos a procedimientos concursales y, además, cumplan los requisitos para acogerse a este fraccionamiento especial.

                   En otras palabras, pueden acogerse todos los clubes de fútbol profesional excepto            Universitario de Deportes, Alianza Lima, Sport Boys, FBC Melgar y Cienciano. 


FUENTE:SUNAT

CONTRIBUYENTES PODRÁN CONSULTAR POR INTERNET EL ESTADO DE SU SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN DE IMPUESTOS



CONTRIBUYENTES PODRÁN CONSULTAR POR INTERNET EL ESTADO DE SU SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN DE IMPUESTOS

Con el objetivo de continuar acercando a los contribuyentes información más sencilla, amigable y transparente, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) está digitalizando una serie de procesos como la consulta del estado de las solicitudes de devolución de impuestos.

Así, a partir de ahora, si un contribuyente solicitó la devolución de impuestos puede consultar por Internet cuál es el estado de la misma (es decir, si se encuentra pendiente de atención, si fue aprobada o denegada) para lo cual deberá ingresar a SUNAT Operaciones en Línea con su “Clave SOL”, y seguir los siguientes cinco pasos:

Primer paso: Ingresar a la opción “Trámites y Consultas” (está en la parte superior de la web).

Segundo paso: Seguidamente, ingresar su número de RUC, usuario y clave SOL.

Tercer paso: Una vez en el menú SOL, deberá dirigirse a la opción Otras declaraciones y solicitudes y seleccionar la pestaña “Mis Devoluciones / Consulta de Solicitudes de Devolución”.

Cuarto paso: Elegir la opción de búsqueda que requiera (por fecha de presentación, periodo o número de solicitud de devolución) y completar la información solicitada.

Quinto paso: El sistema le proporcionará un resumen de su solicitud de devolución y acceso a verificar el detalle de su estado de atención ingresando a la casilla que se habilitará en la columna “Resultado”.

Como se recuerda, la  Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) viene optimizando la atención de las solicitudes de devolución, buscando resolverlas en un tiempo menor a los plazos legales previstos en la normatividad vigente.


FUENTE: SUNAT



lunes, 19 de diciembre de 2016

IMPORTA FACIL



CON MENSAJES DE TEXTO SE INFORMA A USUARIOS DE IMPORTA FÁCIL SOBRE ESTADO DE SU ENVÍO POSTAL
Importa Fácil a la vanguardia del servicio aduanero en la región
·   Servicio permitirá reducir tiempos de atención en el proceso de importación

El sistema Importa Fácil, servicio desarrollado por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT), se posiciona a la vanguardia de los regímenes aduaneros de la región, al incorporar dentro de su proceso, el envío de mensajes de texto SMS a los celulares de los usuarios para informar sobre el estado del envío postal.

Con esta iniciativa se busca reducir los tiempos que tomaba tradicionalmente hacer llegar físicamente a los usuarios del servicio postal la información relacionada al estado de sus envíos postales, el cual se efectuaba a través de documentos físicos entregados por SERPOST (notificación de llegada o aviso postal).

Es importante recordar que para que el mensaje de texto SMS llegue al usuario, éste deberá consignar los números telefónicos celulares en los paquetes.

Este nuevo servicio se complementa con la puesta a disposición de los usuarios del servicio postal de una cuenta de correo especializada (importafacil@sunat.gob.pe) para la atención de solicitudes que se presenten en el trámite del despacho aduanero de los envíos postales.

Como ya es sabido, Importa Fácil tiene por objetivo facilitar la importación de los envíos provenientes del exterior por un valor que no supere los US$ 2,000.  Además, si no superan el valor de los US$ 200 por envío no se encuentran sujetos al pago de tributos o presentar documentos, salvo se trate de mercancía restringida.

Es necesario remarcar que la SUNAT viene trabajando permanentemente para elevar el grado de satisfacción del usuario cumpliendo con su labor de facilitación del comercio exterior, sin descuidar los controles eficientes.

FUENTE: SUNAT 

SE FACILITA IMPORTACIÓN DE MEDICAMENTOS PARA TRATAMIENTO DEL CÁNCER, VIH/SIDA Y DIABETES



SE FACILITA IMPORTACIÓN DE MEDICAMENTOS PARA TRATAMIENTO DEL CÁNCER, VIH/SIDA Y DIABETES

·         Pacientes pueden importar hasta por US$ 10 mil dólares.
            Trámite se efectúa solo con DNI

Ahora es posible que una persona en tratamiento médico, debidamente acreditado, pueda importar medicamentos para enfermedades oncológicas, VIH/SIDA y diabetes, hasta por un valor FOB de US$ 10 mil, acogiéndose a la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) y derechos arancelarios.

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) informó que dicha medida no requiere la intermediación de ningún agente de aduana, toda vez que se efectúa mediante una declaración simplificada, pudiendo incluso realizarse a través del servicio postal y de entrega rápida (courier), y sin estar inscrito en el Registro Único de Contribuyentes (RUC), pues  bastará identificar con su Documento Nacional de Identidad (DNI), Carné de Extranjería, Pasaporte o Salvoconducto, según corresponda.

En caso el paciente no pueda efectuar el trámite de importación, lo puede hacer un tercero (apoderado) acreditado con carta poder y con la receta médica del paciente validada por la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (DIGEMID).

Anteriormente, cuando el valor de la importación superaba los US$ 2 mil, dicho trámite requería que los pacientes contarán con el RUC y los servicios de un agente de aduana.

Cabe destacar que en el periodo comprendido entre los años 2013 y 2015 se importaron, a través de las principales aduanas del país (Marítima y, Aérea y Postal del Callao),  medicamentos para enfermedades oncológicas y VIH/SIDA por un valor de US$ 210.10 millones y para la diabetes US$ 52.86 millones.

Los usuarios de comercio que requieran efectuar consultas relacionadas a importación, exportación, admisión temporal, entre otros, pueden ingresar al siguiente enlace: http://www.sunat.gob.pe/institucional/contactenos/virtual.html o comunicarse, de lunes a viernes de 8:30 a.m. a 4:30 p.m., al 634-3700 anexos 21578 - 21662 para recibir orientación especializada.

Es importante remarcar que la SUNAT trabaja permanentemente para elevar el grado de satisfacción del usuario cumpliendo con su labor de facilitación del comercio exterior, sin descuidar los controles eficientes.


FUENTE: SUNAT

AHORRO PARA CONTRIBUYENTES GRACIAS A EXPEDIENTE ELECTRÓNICO





AHORRO DE TIEMPO Y DINERO PARA CONTRIBUYENTES GRACIAS A EXPEDIENTE ELECTRÓNICO  


·   Contribuyentes de Ica, Tacna, Ucayali, Huánuco, Ayacucho, Tumbes, Madre de Dios, Huacho y Huaraz serán los primeros beneficiados.

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) implementó el “Expediente Electrónico de Cobranza Coactiva” en Ica, Tacna, Ucayali, Huánuco, Ayacucho, Tumbes, Madre de Dios, Huacho y Huaraz, documento que permite a los contribuyentes conocer el estado de sus procedimientos de cobranza sin necesidad de acercarse a las oficinas del ente recaudador.

También podrán presentar por Internet escritos referidos a la cancelación de la deuda, solicitud de levantamiento de embargo, variación de medidas de embargo, respuestas de terceros a retenciones notificadas e intervención excluyente de propiedad, entre otros.

Así, los contribuyentes no solo podrán conocer el estado de su procedimiento de cobranza a través del Expediente Electrónico, accediendo vía Internet con su “Clave SOL” y “código de usuario” sino que también podrán imprimir una copia del mismo y que tiene validez legal ante terceros.

Otra de las ventajas del “Expediente Electrónico” es su disponibilidad las 24 horas del día, todo el año, por lo que puede ser consultado en cualquier momento. Asimismo, reduce el uso del papel porque la interacción y acceso a su procedimiento será digital contribuyendo con ello, con el cuidado del medio ambiente.

Con la implementación de este nuevo formato virtual los contribuyentes de dichas jurisdicciones ahorrarán tiempo y recursos como resultado de la eliminación de la presentación y lectura de escritos en las oficinas de la SUNAT, así como de los desplazamientos a los que se veían obligados para el trámite y seguimiento de sus procedimientos.

Cabe precisar que el “Expediente Electrónico” es un soporte seguro y de fácil acceso para el contribuyente y que, además, garantiza la confidencialidad de la información, reduciendo el tiempo de atención de los trámites y contribuyendo al cuidado del medio ambiente.

FRACCIONAMIENTO AUTOMÁTICO PARA MYPES Y DECLARACIÓN CERO PARA TODOS





SUNAT SE SIMPLIFICA: FRACCIONAMIENTO AUTOMÁTICO  PARA MYPES Y DECLARACIÓN CERO PARA TODOS

Con el objetivo de facilitar y reducir los costos y tiempo para el cumplimiento tributario, la SUNAT aprobó una Resolución de Superintendencia mediante la cual los contribuyentes que en un mes determinado no realicen operaciones no tendrán que presentar su declaración mensual de IGV-Renta. “Dicha medida beneficiará a las pequeñas empresas y personas naturales con negocio”, informó la Gerente de Orientación y Servicios de la SUNAT, Mariam Valdivia.

La aprobación de esta medida obedece al considerable número de contribuyentes que presentaban su declaración mensual de IGV-Renta consignando “0”, así como otros que no cumplían con esta obligación. Ahora con esta disposición se elimina el riesgo de ser multado en caso el contribuyente se olvide de declarar sin tener ingresos, ventas o adquisiciones en un mes.

La norma precisa que esta excepción no se aplicará si en ese mes el contribuyente:

·         Generó ingresos gravados con el Impuesto a la Renta.
·         Adquirieron bienes o servicios que le generen derecho a crédito fiscal.
·         Ha anotado en su Registro de Compras algún comprobante de pago o documento que le otorguen derecho a crédito fiscal.

Otra norma de facilitación aprobada por la SUNAT, que beneficia a las microempresas con ventas anuales de hasta 150 UIT (S/. 592 500 soles), es la que le permitirá fraccionar su deuda de IGV del periodo corriente, si presenta con su “Clave SOL” la solicitud de fraccionamiento inmediatamente después de su declaración mensual dentro de los plazos de vencimiento.

Esta facilidad estará vigente a partir del 15 del presente mes. Cabe precisar que en los casos que la solicitud de fraccionamiento sea por un monto menor a 3 UIT y por plazos menores a 12 meses, la aprobación será automática.

Simplificación RUC 

En materia de trámites del RUC se han aprobado diversas medidas que se enfocan también en la simplificación, eliminación de requisitos, reducción de costos y tiempos para los trámites. Así, el contribuyente ya no tendrá que desplazarse a un Centro de Servicio al Contribuyente para realizar ciertas gestiones del RUC.

De esta manera, una persona natural podrá obtener su RUC con sólo presentar su DNI, siempre que el domicilio fiscal sea el mismo que el de su Documento de Identidad. Asimismo, los trámites de RUC se efectuarán sin presentar la copia de DNI, eliminando más de 3 millones de fotocopias innecesarias al año.

Para los trámites presenciales sobre domicilio fiscal se permite ahora sustentarlo con cualquier documento público o privado.

Otra facilidad aprobada es que ahora los contribuyentes podrán hacer sus trámites de RUC en cualquier Centro de Servicios al Contribuyente (CSC) a nivel nacional, eliminando los gastos de traslado entre localidades.

Esta disposición se complementa con un servicio denominado “cero colas” en los CSC. A través de una asistencia personalizada para el contribuyente, se le entregará un ticket de atención preferencial, es decir, sin colas de espera.

Con relación a los trámites de RUC se ha incorporado el canal telefónico para realizar determinados trámites con los cuales ya no será necesario trasladarse a una oficina de la SUNAT.

Estas son parte de las nuevas acciones que la Administración Aduanera y Tributaria ha venido aprobando y que se enmarcan en la estrategia institucional de simplificación y facilitación, buscando ser una entidad más amigable, cercana al contribuyente, accesible y con procedimientos cada vez más sencillos y justos para los contribuyentes


FUENTE: SUNAT

PAGOS ELECTRÓNICOS DESDE EL APP SUNAT



CONTRIBUYENTES PODRÁN EFECTUAR SUS PAGOS ELECTRÓNICOS DESDE EL APP SUNAT

Se trata de las Órdenes de Pago notificadas al buzón SOL.


Con el objetivo de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y reducir los costos de cumplimiento, a partir de este mes se ha incorporado una nueva aplicación de pago que permitirá a los contribuyentes cancelar de manera electrónica las órdenes de pago que han sido notificadas en su buzón electrónico disponible en SUNAT Operaciones en Línea (SOL).

Así, los contribuyentes podrán realizar el pago electrónico de su deuda de manera directa, rápida, simple y segura, a través de su PC u equipo móvil con la APP SUNAT, evitando buscar dentro del ambiente SOL la opción de pago electrónico.

Mediante este aplicativo, los contribuyentes tendrán la opción de efectuar pagos totales o parciales, estando disponible las 24 horas del día, todo el año. Con este nuevo servicio, se podrán realizar un promedio de 200 mil transacciones mensuales a través del APP SUNAT.

En esta primera fase la herramienta beneficiará a aquellos contribuyentes que realizan sus transacciones de pago mensuales con cargo en cuentas bancarias, cargo en cuentas de detracciones y también se podrá generar el Número de Pago SUNAT (NPS). En una segunda etapa se tiene previsto incorporar la opción del pago con tarjetas de débito y crédito.  

La implementación de este nuevo mecanismo de pago se enmarca de las acciones del Gobierno Electrónico y de la estrategia “Cero Papeles” que viene implementando la SUNAT con el propósito de reducir el tiempo y gasto en trámites presenciales de los contribuyentes.


De esta manera, la Administración Aduanas y Tributaria continúa brindando mayores facilidades a los contribuyentes para el cumplimiento voluntario de sus obligaciones, sobre la base de la mejora sus procesos y servicios en pro de una atención más efectiva y eficiente.


FUENTE: SUNAT