SUNAT APROBÓ CRONOGRAMA DE VENCIMIENTOS DE
OBLIGACIONES TRIBUTARIAS 2016
·
Se iniciará el próximo 12 de febrero para los
contribuyentes que tengan “cuatro” y “cinco” como último dígito de RUC.
La
Resolución de Superintendencia N° 360-2015/SUNAT, publicada a fines del año
pasado en el diario oficial, indica que las fechas de vencimiento serán de
acuerdo al último dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC), que se
detallan en al Anexo 1 de la norma, correspondiente a las siguientes
obligaciones:
·
Impuesto General a las Ventas
·
Impuesto Selectivo al Consumo
·
Pagos a cuenta del Impuesto a la Renta
·
Nuevo Régimen Único Simplificado
·
Tributos retenidos o percibidos
Cabe
indicar que para este año, las fechas de vencimiento se han agrupado de acuerdo
al perfil de los contribuyentes en solo seis días, lo que agilizará y
facilitará el cumplimiento de estas obligaciones. En febrero y por el resto del
2016, los contribuyentes cuyo último dígito de RUC sea cuatro (4) o 5 (cinco) serán los que iniciarán el cronograma, entre
el 12 y 15 del mes que le corresponda declarar.
Asimismo,
se establecen las fechas de vencimiento para los pagos correspondientes al
Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF), que deberán efectuarse de
acuerdo al cronograma establecido en el Anexo 2 de la resolución.
Los
Buenos Contribuyentes cuentan con un vencimiento especial, que reconoce el
cumplimiento permanente de sus obligaciones y les brinda un mayor número de
días para cumplir con presentar sus declaraciones y pagos.
FUENTE: SUNAT
FUENTE: SUNAT
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